México, DF.- Joaquín “El Chapo” Guzmán perdió la posibilidad de conocer cualquier detalle o gestión que haya realizado Estados Unidos ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, para requerir o valorar la solicitud de su extradición.
El Primer Tribunal Colegiado Penal de DF declaró infundada una queja que promovió para esos fines el presunto capo del Cártel de Sinaloa, porque estimó que la Cancillería no tiene la obligación de darle informes hasta que haya una solicitud de detención provisional con fines de extradición, la que de momento no existe.
“El Chapo” señaló en la queja 411/2015 que la prensa había informado de la inminente tramitación de la solicitud de extradición de Estados Unidos y que por ello solicitaba que la Cancillería presentara documentación sobre dichas gestiones.
Por ponencia del Magistrado Ricardo Paredes Calderón, los magistrados resolvieron por unanimidad que no eran idóneas las pruebas que solicitaba el presunto narcotraficante, pues no acreditarían si existía o no una orden de detención provisional con fines de extradición, acto que reclamaba.
Esta queja derivó de una demanda de garantías que Guzmán presentó ante el Juzgado Décimo Primero de Distrito en Amparo Penal del DF.
El presunto líder criminal fue detenido el 22 de febrero de 2013 en Mazatlán, Sinaloa, y desde entonces se encuentra internado en el Penal Federal del Altiplano, en el Estado de México, sujeto a 12 juicios por delincuencia organizada, delitos contra la salud, portación y armas y otros delitos.